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  • Foto del escritorMojica y Compañía SC

Miscelánea Fiscal para 2022

Se publicó el día de hoy 27 de Diciembre 2022, la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 donde sobresale lo siguiente en algunos de sus artículos transitorios.


Vigencia: del 1 de enero al 31 de diciembre 2022.


Se dan a conocer los Anexos 1, 1-A, 3, 5, 7, 8, 11, 14, 15, 16, 16-A, 17, 19, 20, 26, 27, 29, 30, 31 y 32 (pendientes de publicarse en el DOF. Se modifica el anexo 25-Bis para 2020.


Se prorrogan los anexos 2, 6, 9, 12, 13, 22, 23, 24, 25 y 28 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente hasta antes de la entrada en vigor de la presente Resolución, hasta en tanto no sean publicados los correspondientes a esta Resolución.


Las autoridades fiscales distintas al SAT, como IMSS, Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Procuraduría Federal del Consumidor, CONAGUA, así como las autoridades que ejercen la facultad de fiscalización en las entidades federativas, podrán hacer uso del buzón tributario para la notificación electrónica de los actos o resoluciones administrativas que emitan en documentos digitales, incluyendo aquellas que puedan ser recurribles, lo anterior, a partir del 31 de diciembre de 2022.


Los contribuyentes que migren o inicien a partir del 1 de enero 2022 en el Régimen de Confianza para personas físicas, deberán actualizar la información de contacto en el Buzón Tributario a más tardar el 30 de junio 2022.


Activación del Buzón Tributario

Contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos por concepto de asimilados a salarios, iguales o superiores a $400,000.00 (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.) deberán habilitar su Buzón tributario a más tardar el 30 de junio de 2022.


Contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos por concepto de sueldos y salarios, así como asimilados a salarios en el ejercicio inmediato anterior menores a $400,000.00 mn (cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.) podrán optar por no habilitar su Buzón Tributario.


Los CFDIs se podrán seguir emitiendo en su versión 3.3 para efectos del artículo 29 y 29-A del CFF hasta el 30 de abril 2022.


Descarga de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.

Miscelánea Fiscal 2022
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Nota en desarrollo.


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