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  • Foto del escritorMojica y Compañía SC

Salarios mínimos y profesionales 2021

a. Introducción


El pasado 23 de diciembre 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos en la que se fijan los salarios mínimos generales y profesionales que regirán a partir del 1 de enero 2021.


El país continúa dividido en dos áreas geográficas para aplicar salario mínimo general (SMG), uno en la Zona Libre de la Frontera Norte y el otro en el resto de los municipios del país.


b. Determinación del SMG en la Zona Libre de la Frontera Norte


El aumento al Salario Mínimo General (SMG) aplicable a las ciudades dentro de los 42 municipios que comprenden la zona libre de la frontera norte es en los términos siguientes:


- Se actualiza el SMG fronterizo con un incremento nominal de $27.83 mn, pasando de $185.56 a $213.39 mn vigente a partir del 1 de enero 2021.


En la fijación del salario en la Zona Libre de la Frontera Norte se compone de 15.75 pesos del MIR más un factor por fijación del 6%.


Es conveniente revisar en los contratos colectivos de trabajo, la actualización de los programas de prestaciones pactados sobre la base del salario mínimo general y el impacto en las cuotas obrero-patronales para efectos del Seguro Social.



c. Municipios que comprenden la Zona Libre de la Frontera Norte.


El SMG fronterizo aplicará únicamente a los trabajadores que se encuentren dentro de las siguientes ciudades.


Baja California

Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate, San Quintín y Tijuana,


Sonora

San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta


Chihuahua

Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides


Coahuila de Zaragoza

Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo


Nuevo León

Anáhuac


Tamaulipas

Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros


Empresas que tengan personal fuera de las ciudades antes mencionadas deberán utilizar el SMG aplicable al resto del país. Es importante actualizar los sistemas de nóminas identificando las dos zonas salariales.


d. Salario Mínimo General aplicable al Resto del País.


El aumento al Salario Mínimo General (SMG) aplicable al resto del país es en los términos siguientes:


- Se actualiza el SMG con con un incremento nominal de $18.48 mn, pasando de $123.22 a $141.70 mn vigente a partir del 1 de enero 2021.


En la fijación del SMG se compone de 10.46 pesos del MIR más un factor por fijación del 6%.


Es conveniente revisar en los contratos colectivos de trabajo, la actualización de los programas de prestaciones pactados sobre la base del salario mínimo general y el impacto en las cuotas obrero-patronales para efectos del Seguro Social.



e. Salario Mínimo Profesional aplicable a la zona libre de la frontera norte y al resto del país.


Se dan a conocer los nuevos salarios mínimos profesionales que aplican uno a la zona libre de la frontera norte y otro al resto del país los cuales tendrán vigencia a partir del 1 de enero 2021, tales como profesionistas, oficios y trabajos especiales.


La lista de SMG profesionales contempla 61 actividades laborales las cuales deberán ser pagadas con los SMG que ahí se indiquen. Para consultar la lista completa consultar nuestra circular número uno del mes de Enero 2021.


Para mayor información info@mojica.mx




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