Nueva declaración definitiva de IVA al SAT con información precargada de facturas emitidas y recibidas.
a. Antecedentes.
A partir de enero 2024, las declaraciones definitivas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se presenten al Servicio de Administración Tributaria (SAT) estarán “prellenadas” con el total de IVA trasladado y acreditable contenido en las facturas emitidas (ingreso), así como recibidas (gastos), que indiquen como forma de pago “en una sola exhibición” (PUE).
Cabe señalar, que, hasta el año pasado, la declaración de IVA se llenaba de forma manual por el contribuyente
La declaración del IVA es sobre la base de “flujo de efectivo” situación que se indica dentro del CFDI con el método de pago “pago en una sola exhibición” y seguido de su forma de pago, ya sea, cheque, efectivo, transferencia, tarjeta de crédito, débito, monedero electrónico según corresponda.
Lo anterior obliga a tener especial cuidado al momento de la emisión de las facturas de ingreso y recepción de facturas de proveedores dentro del mes.
b. Aviso de información precargada por el SAT.
Al ingresar a la plataforma del SAT para la presentación de la declaración, se indica lo siguiente:
- Facturas de ingresos con fecha de corte 01/02/2024
Las facturas de ingreso que considera el SAT para el prellenado corresponden a las timbradas dentro del mes con método de pago “en una sola exhibición” (PUE).
c. Determinación del IVA trasladado con CFDIs timbrados.
El IVA trasladado precargado por la plataforma del SAT corresponde, al que indican las facturas de ingreso por concepto de enajenación de bienes, prestación de servicios independientes, arrendamiento e importación de bienes o servicios, según corresponda.
Por reglas de facturación (artículo 29-A fracción VII inciso a) y b) del Código Fiscal de la Federación) los CFDIs emitidos deberán indicar si fueron pagados o no, anotando los códigos como sigue:
- CFDIs emitidos y cobrados deberán indicar “pago en una sola exhibición” (PUE).
- CFDIs emitidos y no cobrados deberán indicar “pago en parcialidades o diferido” (PPD).
Los departamentos de facturación deberán tener especial cuidado en validar, antes de la emisión de la factura, si éstas fueron efectivamente cobradas o no dentro del mes, anotando correctamente los códigos que correspondan.
En la siguiente imagen se muestra, el IVA trasladado determinado de forma automática a la tasa de IVA que es sujeto el contribuyente:
d. Determinación del IVA acreditable con CFDIs recibidos de proveedores.
El IVA acreditable precargado en la plataforma del SAT corresponde al total de los CFDIs que le fueron timbrados dentro del mes al contribuyente y que indican que fueron efectivamente pagados, situación que se da cuando los CFDIs recibidos contienen como forma de pago “en una sola exhibición (PUE).
La plataforma del SAT desglosa por cada una de las tasas 16%, 8%, 0%, exento o actividades no sujetas de IVA, según corresponda.
En la siguiente imagen se muestra el monto del IVA acreditable determinado de forma automática de facturas recibidas de proveedores.
e. Recomendaciones.
Derivado de que la plataforma del SAT realizará el prellenado de la declaración definitiva del IVA tomando como base el “llenado de los CFDIs” recomendamos tomar las siguientes medidas:
Departamento de facturación y cobranza.
- Emitir el 100% de las facturas dentro del mes al que corresponda el ingreso.
- Verificar al momento de la emitir el CFDI, si corresponde a facturas cobradas con método PUE o pendientes de cobro con método PPD.
- Las facturas cobradas deberán indicar “pago en una sola exhibición” (PUE) seguido de la forma de pago, ya sea efectivo, tarjeta crédito/debito, cheque, monedero electrónico, según corresponda.
- Las facturas no cobradas, deberán indicar “pago en parcialidades o diferido” (PPD) seguido de la forma de pago “por definir”.
- Verificar el monto total de la operación en pesos o moneda extranjera al tipo de cambio del día que aplique.
- Verificar que se indique el monto del IVA que se traslada al cliente ya sea al 16%, 8%, 0%, exento o actividades no sujetas de IVA.
Departamento de pagos.
- Verificar que las facturas pagadas a proveedores que se reciban indiquen “pago en una sola exhibición” (PUE) seguido de la forma de pago, ya sea efectivo, tarjeta crédito/debito, cheque, monedero electrónico, según corresponda.
- Verifica que las facturas no pagadas a proveedores que se reciban indiquen “pago en parcialidades o diferido” (PPD) seguido de la forma de pago “por definir”.
- Verificar que el proveedor les emita el comprobante dentro del mes en que se efectúa el pago.
- Verificar que el acto o actividad contenga el monto del IVA por tasa, ya sea al 16%, 8%, 0%, exento o actividades no sujetas de IVA.
Es de suma importancia que los departamentos de facturación, cobranza y pagos validen si las facturas emitidas y recibidas fueron efectivamente pagadas o no, toda vez que de ahí se realizará el prellenado del pago definitivo del IVA.
Así mismo, es importante que en todos los casos que se utilice el método “PPD” se cumpla con la emisión del complemento de pago correspondiente.
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