El día 10 de enero 2020 se dio a conocer el nuevo valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para 2020 como sigue:
Valor diario $ 86.88
Valor mensual $ 2,641.15
Valor anual $31,693.80
Tendrá vigencia del 1 de febrero 2020 al 31 de enero 2021. Dicho valor se tendrá que actualizar en los sistemas de nómina. Para efectos de Seguro Social se actualiza el nuevo tope de cotización a 25 veces el valor de la UMA.
Derivado de lo anterior las referencias de salario mínimos contenidas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y Ley del Seguro Social (LSS) se deberá atender que están referidas al valor de la UMA. En materia de ISR el valor del UMA se aplicará para determinar los montos exentos del artículo 93 de la Ley, tales como:
Gratificación anual
Horas extras
Primas dominicales
Primas vacacionales
Indemnizaciones
Entre otros
En materia de Seguro Socialla UMA se aplicará para determinar la base de cotización y cuotas a que hace referencia el artículo 27 de la Ley del Seguro Social, tales como:
Tope máximo de cotización al IMSS
Alimentación y habitación
Despensa en especie o dinero
Entre otros
Recordamos que la UMA será utilizada como unidad de cuenta, índice, base, medida o referenciapara determinar la cuantía del pago de las obligaciones contenidas en las leyes federales, estatales y municipales.
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