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Identificación del Beneficiario Controlador en las empresas

  • Foto del escritor: Mojica y Compañía SC
    Mojica y Compañía SC
  • 5 ago
  • 4 Min. de lectura

a.    Introducción.

 

El artículo 32-B-TER del Código Fiscal de la Federación (CFF) obligada a las personas morales a obtener y conservar, como parte de su contabilidad la información de sus beneficiarios controladores, la cual se deberá proporcionar al SAT cuando sea requiera.

 

Para efectos del CFF el beneficiario controlador es la persona física o grupo de personas físicas, que cumplen ciertos criterios definidos en dicho Código Fiscal, así como en reglas de carácter general.

 

Esta obligación que data de 2022 es de suma trascendencia, ya que para poder dar cumplimiento se requiere que las empresas cuenten con las actas de asamblea que contenga la integración actualizada del capital, presentación de avisos a la Secretaría de Economía, contar con los títulos de las acciones, así como de las partes sociales, datos de identificación fiscal, actas de nacimiento de los socios/accionistas inclusive de los cónyuges, entre otros documentos que por regla general no se proporciona o no se cuenta con ella.

 

La demás información que se recabe para dar cumplimiento con la identificación del beneficiario controlador debe ser resguardada en la empresa, manteniéndola actualizada.

 

Cabe señalar que las empresas que no obtengan conserven o no presenten esta información o la presenten con errores e incompleta a la autoridad fiscal, podrán ser acreedores de una multa que va de $562,250 mn a $2,249,000 mn.

 

b.    Quien es beneficiario controlador.

 

El CFF define como beneficiario controlador a la persona física o grupo de personas físicas que:

 

  • Directamente o por medio de otra u otras o de cualquier acto jurídico, obtiene u obtienen el beneficio derivado de su participación en una persona moral, un fideicomiso o cualquier otra figura jurídica, así como de cualquier otro acto jurídico, o es quien o quienes en última instancia ejerce o ejercen los derechos de uso, goce, disfrute, aprovechamiento o disposición de un bien o servicio o en cuyo nombre se realiza una transacción, aun y cuando lo haga o hagan de forma contingente.

 

  • Directa, indirectamente o de forma contingente, ejerzan el control de la persona moral, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.

 

Adicionalmente vía regla miscelánea se establecen criterios para determinar la condición de beneficiario controlador de las personas morales, obligando a identificar, verificar y validar la información que se debe recabar de cada uno de ellos.

 

c.    Información que recabar de cada beneficiario controlador.

 

A continuación, se hace una relación de la documentación que forma parte de la identificación del beneficiario controlador, la cual se debe obtener por cada persona que tenga dicha calidad.

 

Cabe señalar que los socios y/o accionistas que formen parte de un grupo de empresas, cada una de ellas deberá acreditar documentalmente la identificación del beneficiario controlador.

Documentación

Observación

1.      Nombres y apellidos completos, los cuales deben corresponder con el documento oficial con el que se haya acreditado la identidad.

 

2. Alias.

 

  1. Fecha de nacimiento. Cuando sea aplicable, fecha de defunción.

 

4.    Sexo.

 

5.    País de origen y nacionalidad. En caso de tener más de una, identificarlas todas.

 

6.    CURP o su equivalente, tratándose de otros países o jurisdicciones.

 

7.     País o jurisdicción de residencia para efectos fiscales.

 

8. Tipo y número o clave de la identificación oficial.

 

9. Clave en el RFC o número de identificación fiscal, o su equivalente, en caso de ser residente en el extranjero, para efectos fiscales.

 

10.   Estado civil, con identificación del cónyuge y régimen patrimonial, o identificación de la concubina o del concubinario, de ser aplicable.

 

11.  Datos de contacto: correo electrónico y números telefónicos.

 

12.   Domicilio particular y domicilio fiscal.

 

13.   Relación con la persona moral o calidad que ostenta en el fideicomiso o la figura jurídica, según corresponda.

 

14.   Grado de participación en la persona moral o en el fideicomiso o figura jurídica, que le permita ejercer los derechos de uso, goce, disfrute, aprovechamiento o disposición de un bien o servicio o efectuar una transacción.

 

15. Descripción de la forma de participación o control (directo o indirecto).

 

16.  Número de acciones, partes sociales, participaciones o derechos u equivalentes; serie, clase y valor nominal de las mismas, en el capital de la persona moral.

 

17. Lugar donde las acciones, partes sociales, participaciones u otros derechos equivalentes se encuentren depositados o en custodia.

 

18.  Fecha determinada desde la cual la persona física adquirió la condición de beneficiario controlador de la persona moral, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.

 

19.  En su caso, proporcionar los datos mencionados en las fracciones que anteceden respecto de quién o quiénes ocupen el cargo de administrador único de la persona moral o equivalente. En caso de que la persona moral cuente con un consejo de administración u órgano equivalente, de cada miembro de dicho consejo.

 

20. Fecha en la que haya acontecido una modificación en la participación o control en la persona moral, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.

 

21. Tipo de modificación de la participación o control en la persona moral, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.

 

22. Fecha de terminación de la participación o control en la persona moral, fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.

 

 

Dicha información se debe presentar dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de solicitud de la información.

 

Recomendamos que la sociedad realice el análisis técnico para identificar a la persona (s) física (s) “beneficiario controlador”, obteniendo la documentación antes descrita en original.


Más información www.mojicaycompania.com | info@mojica.mx | +52 6646863721


Beneficiario Controlador
Beneficiario Controlador

 
 
 

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