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Inicio vigencia REPSE

  • Foto del escritor: Mojica y Compañía SC
    Mojica y Compañía SC
  • 27 ago 2021
  • 1 Min. de lectura

Actualizado: 12 sept 2021

Derivado de la entrada en vigor de la reforma que prohíbe la subcontratación de personal el pasado 23 de abril 2021, a partir del 1 de septiembre 2021 entran en vigor diversas disposiciones fiscales, donde sobresale lo siguiente:


Se deberá solicitar constancia de Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) a sus proveedores, tales como:


- Vigilancia

- Aseo y limpieza

- Mantenimientos

- Servicios de instalación

- Construcciones

- Destajo

- Fumigación

- Jardinería

- Servicios de comedor

- Entre otros.


A partir del 1 de septiembre los servicios especializados u obras especializadas que se reciban en las empresas y no cuenten con dicha constancia, se considerarán como no deducibles y no acreditable el IVA.


Adicionalmente a la obtención de la constancia la empresa deberá solicitar al proveedor:


  • Solicitar “constancia de registro REPSE” cuando se trate de servicios u obras especializados.

  • Solicitar copia de los CFDIs por concepto de pago de salarios.

  • Solicitar copia del pago bancario de las retenciones de ISR a trabajadores.

  • Solicitar copia del pago de las aportaciones obrero-patronales del IMSS e INFONAVIT.


Recomendamos que se adopten las medidas necesarias para identificar qué servicios especializados se reciben actualmente en la empresa.


Para más información les recomendamos consultar nuestras circulares número 10, 13 y 18 de 2021, disponibles en nuestro portal www.mojicaycompania.com o las podrán solicitar en PDF al correo info@mojica.mx


 
 
 

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