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La condonación de impuestos prohíbida en México (Reforma Constitucional)

  • Foto del escritor: Mojica y Compañía SC
    Mojica y Compañía SC
  • 9 mar 2020
  • 1 Min. de lectura

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El día 6 de marzo 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), reforma Constitucional al artículo 28 primer párrafo en el que se adiciona que en México está prohibido la "condonación de impuestos".


Artículo 28 texto íntegro: En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos, las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria.


De igual forma se precisa que el Congreso de la Unión y las legislaturas de los Estados dentro de sus competencias, tienen un año para armonizar el marco jurídico.


Esta reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, para consultar la publicación ingresar al siguiente link: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5588597&fecha=06/03/2020

 
 
 

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