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OPCIÓN DE PAGO DE CRÉDITOS POR CONCEPTO DERIVADO DEL COVID-19


Se dio a conocer en la página de internet del SAT www.sat.gob.mx mediante resolución miscelánea anticipada (pendiente de publicarse en el DOF) disposición transitoria derivado de la emergencia sanitaria COVID-19, para que los contribuyentes que tengan a su cargo créditos fiscales (contribuciones omitidas que las autoridades fiscales determinen como consecuencia del ejercicio de sus facultades de comprobación) pendientes de pago, constituidos por:

- Contribuciones

- Aprovechamientos

- Accesorios

Puedan optar por pagar cada uno de ellos de forma independiente, conjuntamente con su actualización y accesorios. Los contribuyentes que opten por esta facilidad deberán presentar un caso de aclaración en la página del SAT, indicando:

- El número de la resolución en los casos que proceda

- Conceptos

- Ejercicios

- Periodos que desea cubrir

- El monto de los pagos a realizar desglosando, en su caso, la actualización y accesorios correspondientes.

De ser procedente la solicitud, la autoridad fiscal emitirá respuesta acompañando la línea de captura.

El pago que se realice a través de la línea de captura no limita a la autoridad en el ejercicio de sus facultades para continuar, en su caso, con el procedimiento administrativo de ejecución (PAE), respecto de los demás conceptos.

La respuesta de la autoridad y la línea de captura, al no ser resoluciones administrativas no constituirán instancia, ni podrán ser impugnados.

Para mayor información info@mojica.mx

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