Durante este mes de mayo las personas morales deben repartir la PTU determinada y presentada en la Declaración Anual de 2022, bajo las siguientes reglas:
- El reparto de la PTU se debe realizar dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que se presentó la declaración anual del ISR.
- La PTU no reclamada en el año, se debe adicionar a la PTU a repartir del año siguiente.
- La PTU se reparte entre el total de trabajadores del año anterior.
- El 50% de la PTU se reparte en base al número de días trabajados.
- El 50% restante se reparte en base a los sueldos de cada trabajador (cuota diaria). Se deben excluir las gratificaciones, percepciones, primas, comisiones, horas extras, entre otras.
- Todos los trabajadores tienen derecho a recibir PTU sin importar el número de días trabajados en el año, excepto eventuales quienes deben tener como mínimo 60 días trabajados durante el año.
- El monto de la PTU tendrá como límite máximo tres meses de salario del trabajador o el promedio de la PTU recibida en los últimos tres años, se aplica el monto que resulte más favorable para el trabajador.
Personas que no participan de la PTU
- Directores, administradores y gerentes generales.
- Trabajadores eventuales, excepto cuando hayan trabajado sesenta días en el año, por lo menos.
Efectos en Seguro Social.
- En materia de Seguro Social el pago de la PTU se excluye del cálculo para determinar el salario base de cotización del trabajador.
- En materia de INFONAVIT el pago de la PTU se excluye del cálculo para determinar el salario base de aportación del trabajador.
Efectos en ISR.
- En materia de ISR se tienen exentos 15 días del valor de la UMA ($103.74 x 15 = $1,556.10), sobre el excedente se debe determinar y pagar ISR.
- Se debe realizar un cálculo para determinar el ISR de conformidad con el artículo 96 de la LISR ó 174 del Reglamento de la LISR.
Los patrones pueden determinar el ISR de los trabajadores por concepto de PTU aplicando Ley o Reglamento indistintamente para cada trabajador, según sea el caso.
- Verificar si el trabajador cuenta con ISR a favor, el cual se le podrá compensar.
Efectos laborales.
- Entregar copia a los trabajadores de la información relativa a la PTU determinada en la declaración anual.
- Integrar la Comisión Mixta para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa.
No cumplir con las obligaciones de PTU en materia laboral puede generar una multa que va de los 250 a 5000 veces el valor de la UMA ($2,593.50 a $518,700 mn).
Efectos en timbrado del CFDI 4.0.
El CFDI de nómina se deberá timbrar considerando lo siguiente:
- Se debe timbrar una nómina “extraordinaria” por los pagos de PTU efectivamente realizados.
- Al indicar fecha inicial y final de pago, se podrá señalar el mismo día de pago.
- Código de pago de PTU “003 Participación de los Trabajadores en las Utilidades PTU”.
- Código de deducción de PTU:
“002 ISR”
“026 Ajuste en participación de los Trabajadores en las Utilidades PTU exento”
“027 Ajuste en participación de los Trabajadores en las Utilidades PTU gravado”
- Tipo de régimen “02 sueldos”
Recomendamos verificar que la Constancia de Situación Fiscal de los trabajadores cuente con la información “actualizada ante el SAT” verificando que cuenten con régimen fiscal de sueldos y salarios, entre otros.
Consulta la versión en PDF en la sección circulares.
Más información info@mojica.mx | wwww.mojicaycompania.com | +52 664 686 37 21
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