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Foto del escritorMojica y Compañía SC

PTU - Puntos a considerar

Durante el mes de mayo se debe repartir la PTU determinada y presentada en la Declaración Anual 2020, bajo las siguientes reglas:


- La PTU no reclamada el año pasado, se debe adicionar a la PTU a repartir este mes.


- La PTU se reparte entre el total de trabajadores del año anterior.


- El 50% de la PTU se reparte en base al número de días trabajados.


- El 50% restante se reparte en base a los sueldos de cada trabajador (cuota diaria).


- Todos los trabajadores tienen derecho a recibir PTU sin importar el número de días trabajados en el año, excepto eventuales quienes deben tener como mínimo 60 días trabajados durante el año.


Se deben excluir las gratificaciones, percepciones, primas, comisiones, horas extras, entre otras.


Personas que no participan de la PTU


- Directores, administradores y gerentes generales.


- Trabajadores eventuales, excepto cuando hayan trabajado sesenta días en el año, por lo menos.


Efectos en Seguro Social


- En materia de Seguro Social el pago de la PTU se excluye del cálculo para determinar el salario base de cotización del trabajador.


- En materia de INFONAVIT el pago de la PTU se excluye del cálculo para determinar el salario base de aportación del trabajador.


Efectos en ISR


- En materia de ISR se tienen exentos 15 días del valor de la UMA ($89.62 x 15 = $1,344.30), sobre el excedente se debe determinar y pagar ISR.


- Se debe realizar un cálculo para determinar el ISR de conformidad con el artículo 96 de la LISR ó 174 del Reglamento de la LISR.


- Se debe timbrar una nómina especial por los pagos de PTU efectivamente realizados.


Los patrones pueden determinar el ISR de los trabajadores por concepto de PTU aplicando Ley o Reglamento indistintamente para cada trabajador, según sea el caso.


Recuerde que las empresas deben integrar la Comisión Mixta para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (Art. 125 LFT).


Para mayor información info@mojica.mx


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