El día 14 de este mes, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de B.C. la Ley del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Baja California, cuyo contenido básico es el siguiente.
Objeto
El objeto de la ley es “contribuir al fortalecimiento de las finanzas estatales…” Mediante el ejercicio de atribuciones de Asistencia al contribuyente, Fiscalización, Verificación, Recaudación, Jurídica y Cobranza, para liquidar y recaudar.
· Impuestos
· Derechos
· Productos
· Aprovechamientos
· Accesorios
Tanto el Estado como de los Municipios y de la Federación cuando se trata de convenios de colaboración administrativa.
Director general
El primer director del SAT B.C. es el Lic. Jorge Alberto Raygoza Lucero a quien el Gobernador le tomo la protesta correspondiente el 18 de agosto 2020.
Entrada en vigor e inicio de operaciones
La ley inicio su vigencia al día siguiente de su publicación y en disposición transitoria estipula que dentro del plazo de 10 días se expedirá el Reglamento de esta ley, asi como avisar notificar a las dependencias y a los contribuyentes el inicio de operaciones del SAT B.C.
En cuanto se publique el Reglamento de esta ley lo haremos de su conocimiento.
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